El derecho al olvido se ha difundido ampliamente en muchos países con la cuestión de los informes crediticios. La primera norma en tratarlo fue la Fair Credit Reporting Actaprobada por el Congreso Federal en 1970 en los Estados Unidos, que admite en ciertas situaciones la eliminación de la información antigua o caduca.
El pasado 21 de diciembre, los usuarios de internet en México recibieron un regalo anticipado (y poco difundido) de Navidad: el derecho a que su información sea borrada de los servicios digitales que recolectan y procesan dicha información como redes sociales y empresas que manejen información de consumidores.
Contenidos en el Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el artículo 2 de dicho reglamento, establecen los derechos ARCO, es decir, los derechos al acceso, rectificación, cancelación y oposición al uso que hagan las organizaciones de la información de cualquier ciudadano mexicano.
La idea de garantizar el acceso y el borrado a la información propia no es nueva. “Debido a las experiencias vividas en Europa con el nazismo y los totalitarismos que podían espiar por completo la vida de sus ciudadanos, desde la década de 1970 países como Alemania poseen leyes para la protección de la información personal”, dijo a CNNMéxico Cristos Velasco, investigador del Instituto de Investigaciones sobreCibercrimen en Alemania y director del blog Protección de datos y privacidad.
De hecho, el pasado 25 de enero la Comisión Europea propuso al Consejo de la Unión Europea una serie de modificaciones a la Directiva sobre protección de datos 95/46/CE, creada en 1995 para proteger la información generada por los ciudadanos de la unión, incluyendo referencias sobre hechos penosos o que podrían afectar el prestigio de una persona u organización.
Cristos relata el caso de una empresa española que el pasado otoñopresentó una demanda contra Google debido a que, “al momento de teclear el nombre de la empresa, los primeros datos que arrojaba el buscador eran referentes a un accidente industrial ocurrido en 1978, lo que afectaba el buen nombre de la empresa”. Pero hay más: quienes han purgado condenas de cárcel pueden enfrentarse a un estigma social derivado de la aparición de referencias a sus crímenes pasados en la red al momento de solicitar un crédito o empleo.
En 2009 un ciudadano alemán, responsable del asesinato en 1990 del actor Walter Sedlmayr, solicitó y obtuvo del sistema judicial de su país una orden para que su nombre fuese removido de la entrada que la versión alemana de Wikipedia tenía sobre el actor y su muerte debido a que ya había purgado su condena de 15 años en una prisión germana. De hecho, Cristos calculó que en el sistema judicial español existe alrededor de un centenar de demandas contra Google para retirar información personal.
El problema es que, en otras regiones del mundo, la información que se coloca en internet es parte de la libre expresión de los individuos. De hecho, cuando el ciudadano alemán solicitó el retiro de la información a la versión americana de Wikipedia, ésta se negó aludiendo al derecho de libertad de expresión, consagrado en la Constitución de los Estados Unidos.
En cuanto a México, el artículo 106 del reglamento publicado en diciembre señala que “el titular podrá solicitar en todo momento al responsable la cancelación de los datos personales”, a través de un procedimiento que implicará solicitar por vía electrónica o presencial a través de una oficina o de un responsable que las empresas de recolección o procesamiento de datos designen para tal efecto. Posteriormente, el reglamento en su artículo 107 establece un periodo de hasta 20 días para realizar primero un bloqueo de la información y luego el borrado en el servicio digital.
Sin embargo, no toda la información puede ser borrada; existirán excepciones como la información relacionada con contratos vigentes y la usada durante algún procedimiento judicial.
Por su parte, el garante del cumplimiento del derecho al olvido en México será el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), aunque Cristos explica que tendrán que llegar los primeros recursos de queja por incumplimiento del derecho al olvido ante el IFAI, para conocer el alcance y poder real del instituto y garantizar que internet y los servicios digitales puedan olvidar el pasado de los ciudadanos mexicanos.
La progresiva universalización de Internet, que combina una enorme capacidad de almacenaje con motores de búsqueda que permiten localizar cualquier dato en cuestión de segundos, y con extrema facilidad, puede significar el fin del olvido. La perennidad de la información implica nuevos desafíos para el Derecho, básicamente determinar si una persona puede lograr borrar el pasado. Usualmente estos reclamos se dirigen contra el medio original (medio de prensa, sitio de internet, blog, etc.) que publica el dato o la noticia y también contra el buscador.
En Europa, desde 2014 los buscadores como Google tienen la obligación de eliminar de sus listas de resultados aquellos enlaces que violen ciertos derechos de un ciudadano, a petición de éste, debido a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Cada una de estas peticiones se valora de manera individual por parte de los responsables de los motores de búsqueda que son los encargados de tomar la decisión de aceptar o rechazar las solicitudes. Para llevar a cabo esta tarea, Google cuenta con un comité de expertos.3 que se encarga de asesorar a la compañía en todas las cuestiones referentes al derecho al olvido.
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